



El ISR se aplica tanto a personas físicas como a personas morales y no sólo a quienes residen en México, pues el artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta estipula que:
1) Quienes residan en México deberán pagar ISR sin importar “la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan”.
2) Residentes en el extranjero, si perciben ingresos por un establecimiento permanente en México, deberán pagar ISR sobre esos ingresos.
3) Residentes en el extranjero que perciban ingresos de fuentes de riqueza en México, aunque no tengan establecimientos permanentes.


(ISR) Es un gravamen que debes considerar en tu preparación de impuestos si alquilas una de tus propiedades o acabas de vender un inmueble. El ISR se aplica sobre todos los ingresos que el contribuyente obtuvo por la prestación de un bien o servicio, incluyendo el arrendamiento y la compraventa de inmuebles.
El monto a pagar por el ISR puede variar dependiendo del ingreso obtenido por la propiedad y puede llegar a ser de hasta el 35%. El ISR se paga de manera anual en el mes de abril ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Sin embargo, durante todo el año pueden darse pagos parciales para evitar desembolsar una gran suma de dinero en una sola exhibición.